In Re: Lilliam A. Ramos Bahamundi
CourtSupreme Court of Puerto Rico
Date FiledJune 5, 2026
DocketTS-9,635
StatusPublished
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Full Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
2026 TSPR 61
218 DPR ___
Lillian A. Ramos Bahamundi
Número del Caso: TS-9,635
Fecha: 5 de junio de 2026
Representante legal del peticionario:
Lcda. Daisy Calcaño López
Materia: Reinstalación al ejercicio de la notaría.
Este documento está sujeto a los cambios y correcciones del proceso
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Supremo. Su distribución electrónica se hace como un servicio público
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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
Lillian A. Ramos Bahamundi TS-9,635
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 5 de junio de 2026.
Examinada la Moción acompañando fianza notarial
que presentó la Lcda. Lillian A. Ramos Bahamundi, se
le reinstala al ejercicio de la notaría. Se aprueba la
fianza otorgada por Universal Insurance Company,
vigente desde el 15 de mayo de 2026, para garantizar
las funciones notariales de esta.
Remítase la fianza original al Secretario de
Hacienda de Puerto Rico para que se archive en su
oficina a los fines dispuestos en el Artículo 11 de la
Ley Núm. 230 de 24 de julio de 1974 (3 LPRA sec. 283j)
y copia certificada de esta Resolución a este
funcionario y a la Secretaria de Estado de Puerto Rico
para su conocimiento. Únase, además, copia de la fianza
al expediente personal de la licenciada Ramos
Bahamundi. Se ordena a la licenciada que recoja su obra
notarial en el Archivo Notarial del Distrito Notarial
correspondiente.
Por último, se le advierte a la licenciada Ramos
Bahamundi que, de surgir otro asunto disciplinario en
el cual se determine que infringió los preceptos éticos
aplicables, podrá decretarse su suspensión indefinida.
TS-9,635 2
Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario del
Tribunal Supremo. La Jueza Asociada señora Pabón Charneco no
intervino.
Javier O. Sepúlveda Rodríguez
Secretario del Tribunal Supremo