Full Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO In re: 2026 TSPR 106 218 DPR ___ José B. Vélez Goveo Número del Caso: TS-16,860 Fecha: 22 de octubre de 2026 Representante legal del peticionario: Por derecho propio Materia: Reinstalación al ejercicio de la abogacía. Este documento está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal Supremo. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO In re: José B. Vélez Goveo TS-16,860 RESOLUCIÓN En San Juan, Puerto Rico, a 22 de octubre de 2026. Atendido el escrito que presentó el Sr. José B. Vélez Goveo el 6 de julio de 2026 y la Certificación del Programa de Educación Jurídica Continua, se ordena la reinstalación del señor Vélez Goveo al ejercicio de la abogacía. En cuanto a la reinstalación al ejercicio de la notaría se provee ha lugar condicionado a que el licenciado Vélez Goveo acredite la prestación de la fianza notarial correspondiente. Por último, se le advierte al licenciado Vélez Goveo que debe acreditar el cumplimiento con la Resolución ER-2025-02A, en o antes del 31 de diciembre de 2026. Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Colón Pérez emitió la expresión siguiente, a la que se unió el Juez Asociado señor Feliberti Cintrón: “Le concedería un término a la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) para que se exprese respecto a la reinstalación del referido letrado al ejercicio de la notaría”. Javier O. Sepúlveda Rodríguez Secretario del Tribunal Supremo