In Re: Aprobación De La Actualización Del Libro De Instrucciones Al Jurado
CourtSupreme Court of Puerto Rico
Date FiledSeptember 9, 2026
DocketEC-2026-0001
StatusPublished
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Full Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
2026 TSPR 97
Aprobación de la actualización del 218 DPR ___
Libro de Instrucciones al Jurado
Número del Caso: EC-2026-0001
Fecha: 9 de septiembre de 2026
Materia: Aprobación de la actualización del Libro de Instrucciones
al Jurado.
Este documento está sujeto a los cambios y correcciones del proceso
de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal
Supremo. Su distribución electrónica se hace como un servicio público
a la comunidad.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
Aprobación de la EC-2026-01
actualización del Libro de
Instrucciones al Jurado
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 9 de septiembre de 2026.
Mediante la Resolución EC-2022-01 de 25 de marzo
de 2022 (Resolución EC-2022-01),1 aprobamos el Libro
de Instrucciones al Jurado (Libro). En virtud de esta
Resolución, además, se constituyó el Comité Asesor
Permanente de Instrucciones al Jurado (Comité de
Instrucciones al Jurado), adscrito al Secretariado de
la Conferencia Judicial y Notarial (Secretariado),
con la finalidad de mantener la revisión continua y
preservar la vigencia del Libro. Se encomendó al
Comité de Instrucciones al Jurado considerar y revisar
1 In re Aprobación del Libro de Instrucciones al Jurado;
Agradecimiento al Comité para la Revisión del Manual de
Instrucciones al Jurado; designación de miembros del Comité
Asesor Permanente de Instrucciones al Jurado, 208 DPR 1042
(2022).
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asiduamente el ordenamiento penal vigente para cumplir con
el objetivo de mantener el Libro actualizado.
En cumplimiento de la encomienda, el 3 de octubre de
2025 el Comité de Instrucciones al Jurado presentó un
proyecto del Libro actualizado. Este proyecto contiene la
edición y la revisión lingüística de la Oficina de la
Compiladora y Publicista de Jurisprudencia del Tribunal
Supremo (Oficina de la Compiladora), quien también aseguró
la integración de las técnicas de uso de lenguaje inclusivo
en los veintiséis capítulos del Libro.
Tras un examen exhaustivo del proyecto, este Tribunal
hoy aprueba los cambios y hace formar parte de esta
Resolución el Libro de Instrucciones al Jurado revisado.
Este documento incorpora un lenguaje claro para
facilitar la comprensión de las instrucciones por quienes
integran el Jurado. Con ese propósito, se modificaron las
instrucciones 1.8 y 3.42 (Presunción de Inocencia; Derecho
a la No Autoincriminación; Peso de la Prueba; Duda
Razonable); 1.9 (Advertencia sobre Cobertura Mediática); 3.5
(Impugnación mediante Declaraciones Anteriores del (de la)
Testigo No Admisibles en Evidencia como Prueba Sustantiva);
3.10 (Evaluación y Suficiencia de la Prueba); 3.44
(Instrucción sobre la Regla 1008 de Evidencia); 4.1 (Formas
de Comisión), y 4.7 (Error en la Persona).
Además, este documento se distingue por cambios
sustantivos en el texto de las instrucciones para adecuarlas
a la aprobación de las enmiendas incorporadas al
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ordenamiento penal hasta agosto de 2025. En consecuencia, se
modificaron las instrucciones 5.8 (Asesinato en Primer
Grado; feminicidio) y 5.9 (Asesinato en Primer Grado;
transfeminicidio), renumeradas como 5.9 y 5.10,
respectivamente, para armonizarlas con lo establecido en la
Ley Núm. 71-2024. Como resultado de la precitada legislación
también se crearon dos instrucciones nuevas: la Instrucción
5.5 (Asesinato en Primer Grado por Estrangulación,
Sofocación o Asfixie Posicional) y la Instrucción 15.2
(Maltrato Agravado mediante Estrangulamiento, Sofocación o
Asfixie Posicional).
Igualmente, se atemperaron ciertas instrucciones de los
Capítulos 7 y 8 a las disposiciones legales aplicables. En
particular, se enmendaron las instrucciones 7.6 (Seducción,
Persuasión, Atracción y Coacción de Menores a través de la
Internet o Medios Electrónicos); 7.7 (Abandono de Personas
de Edad Avanzada e Incapacitados); 7.8 (Negligencia en el
Cuidado de Personas de Edad Avanzada e Incapacitados); 7.9
(Maltrato a Personas de Edad Avanzada); 7.10 (Maltrato a
Personas de Edad Avanzada mediante Amenaza); 7.11
(Explotación Financiera de Personas de Edad Avanzada), y
7.12 (Fraude de Gravamen contra Personas de Edad Avanzada).
Respecto a estas últimas instrucciones, conviene señalar que
también se actualizó la sección de Referencia de las
instrucciones 7.7 a la 7.12 para que refleje adecuadamente
que la Ley Núm. 75-2025 enmendó el Código Penal de Puerto
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Rico de 2012, con el propósito de incluir la definición de
“persona de edad avanzada o adulto mayor”.
Además, se realizaron cambios a las instrucciones 8.1
(Agresión Sexual), 8.2 (Incesto) y 8.3 (Actos Lascivos) para
conformarlas a lo dispuesto en la Ley Núm. 108-2024.
Asimismo, se enmendaron las Instrucciones 8.5 (Proxenetismo,
Rufianismo y Comercio de Personas) y 8.6 (Proxenetismo,
Rufianismo y Comercio de Personas Agravado) para eliminar la
referencia al “comercio de sodomía” y, de esta forma,
armonizar cada Instrucción con su Comentario.
Por su parte, se enmendaron las instrucciones 12.8
(Posesión e Introducción de Objetos a un Establecimiento
Penal), 13.1 (Armas de Asalto Automáticas o Semiautomáticas
y Ametralladoras, Silenciador, Fabricación, Importación,
Distribución, Venta, Posesión y Transferencia) y 13.6
(Portación, Transportación o Uso de Armas de Fuego sin
Licencia), con el propósito de aclarar los elementos de los
respectivos delitos.
A su vez, producto de varias enmiendas a la Ley de Armas
de Puerto Rico de 2020, Ley Núm. 168-2019, mediante la Ley
Núm. 100-2023 y la Ley Núm. 24-2025, se revisaron las
instrucciones 13.4 (Prohibición a la Venta de Armas de Fuego
a Personas sin Licencia), 13.22 (Venta de Municiones a
Personas sin Licencia), 23.3 (Restricción de Comunicaciones:
transferencia no autorizada de un equipo de telecomunicación
por persona ajena a la institución penal) y 23.4 (Restricción
de Comunicaciones: posesión de un equipo de telecomunicación
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por persona ajena con la intención de transferirlo a la
institución penal). Con el propósito de recoger lo dispuesto
en la Ley Núm. 75-2024, se revisó el comentario de la
Instrucción 13.9 (Posesión de Armas de Fuego sin Licencia).
El Capítulo 14 se atemperó a la aprobación de varias
enmiendas a la Ley para la Prevención e Intervención con la
Violencia Doméstica, Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989,
según enmendada (Ley Núm. 54), mediante las leyes
siguientes: Ley Núm. 57-2022 (que incluye la amenaza de
maltrato o maltrato de mascotas dentro de la conducta
definida como intimidación); Ley Núm. 41-2023 (que añade la
violencia cibernética o digital como parte del delito); Ley
Núm. 74-2023 (que reconoce la violencia económica como una
modalidad de violencia doméstica); Ley Núm. 223-2024 (que
crea una modalidad del delito de maltrato agravado por el
rastreo, sin autorización expresa, de una persona o su
propiedad a través de un dispositivo tecnológico para
determinar su localización), y Ley Núm. 5-2025 (que enmienda
la definición de violencia doméstica del Artículo 1.3 y,
entre otros cambios, incluye nuevamente la amenaza de causar
daño por maltrato a un animal o mascota en el Artículo 3.3).
Asimismo, se añadió una nueva Instrucción 14.4, sobre
maltrato agravado mediante estrangulación, sofocación o
asfixie posicional, como consecuencia de la aprobación de un
nuevo Artículo 3.2A en la Ley Núm. 54, 8 LPRA sec. 632a.
Igualmente, en la Instrucción 14.5 (Maltrato Mediante
Amenaza) se aclararon los elementos del delito y se revisó
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la definición de “amenaza” para facilitar su comprensión.
Además, para propósitos de uniformidad, se enmendó la
definición de “violencia sicológica” incluida en las
instrucciones 5.9 (Asesinato en Primer Grado; feminicidio),
14.2 (Maltrato), 14.3 (Maltrato Agravado) y 14.7 (Agresión
Sexual Conyugal).
En cuanto al Capítulo 15 del Libro, el cual recogía las
instrucciones atinentes a la Ley Núm. 246-2011, se eliminó
la Instrucción 15.1, dado que la referida ley se derogó por
la Ley para la Prevención del Maltrato, Preservación de la
Unidad Familiar y para la Seguridad, Bienestar y Protección
de los Menores, Ley Núm. 57-2023, según enmendada. Asimismo,
de conformidad con la precitada ley, se añadió una nueva
Instrucción 15.2 sobre maltrato agravado y se actualizaron
las subsiguientes instrucciones de este capítulo.
Específicamente, en la Instrucción 15.3 (Maltrato por
Negligencia), se incorporaron los deberes cuyo cumplimiento
puede ocasionar la privación, restricción o suspensión de la
patria potestad, conforme dispuesto en el Artículo 590 y en
los incisos (c) y (d) del Artículo 615 del Código Civil de
2020, 31 LPRA secs. 7242 y 7322.
De otra parte, se enmendó la Instrucción 16.1 (Acecho)
con el fin de incluir una introducción breve y la norma
pertinente de la Ley Núm. 223-2024. Asimismo, se enmendó la
Instrucción 19.5 (Revelar o Usar Información o Documento
Confidencial para Obtener un Beneficio) con el propósito de
reformular la definición de “información o documento
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confidencial” para adecuarla al texto enmendado del Artículo
1.2(s) de la Ley Orgánica de la Oficina de Ética
Gubernamental de Puerto Rico, Ley Núm. 1-2012, según
enmendada, 3 LPRA sec. 1854, y la Instrucción 19.13
(Falsificar o Dejar de Presentar o de Divulgar la Información
Requerida en el Informe Financiero) para armonizar su
contenido con el Artículo 5.7 de la mencionada ley, 3 LPRA
sec. 1858f. Asimismo, se enmendó la Instrucción 20.5
(Prohibición de Represalias contra Personas que Denuncien
Actos de Corrupción) para adaptarla al texto de los Artículos
4.2(c) y 4.7 del Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto
Rico, Ley Núm. 2-2018, según enmendada, 3 LPRA secs. 1884a(c)
y 1884e-1. Además, se enmendó la Instrucción 21.9
(Eutanasia) para aclarar los elementos del delito.
De igual forma, en consideración de la aprobación de la
Ley Núm. 208-2024, se eliminó la Instrucción 22.2 (Dejar de
Suministrar Información a la Policía) en virtud de sus nuevas
disposiciones. Como consecuencia de esta ley, también se
modificó la Instrucción 22.1 (Dejar de Llevar y de Anotar en
el Registro) y la Instrucción 22.3 (Anotar Información Falsa
en el Registro), ahora renumerada 22.2. Se cambió, a su vez,
la Instrucción 24.1 (No detener el vehículo o no prestar
ayuda a la víctima en un accidente de tránsito) para
actualizarla con las enmiendas aprobadas mediante la Ley
Núm. 154-2024 -la cual incluyó en el Artículo 4.02 de la Ley
de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, Ley Núm. 22-2000,
según enmendada, 9 LPRA sec. 5102, una modalidad de grave
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daño corporal- y para reorganizar su texto. Además, en la
Instrucción 24.3 (Imprudencia o Negligencia), se incluyeron
las definiciones de “conductor” y “vehículo” para facilitar
su comprensión.
Por su parte, se identificó la necesidad de modificar
las instrucciones siguientes: 5.5 (Asesinato en Primer Grado
durante la comisión de ciertos delitos graves), ahora
renumerada como 5.6; 17.1 (Artículo 401 de la Ley de
Sustancias Controladas de Puerto Rico); 19.11 (Aceptar o
Mantener un Empleo o unas Relaciones Contractuales con una
Persona o un Negocio que tenga Relaciones con la Agencia);
23.4 (Restricción de Comunicaciones: posesión de un equipo
de telecomunicación por persona ajena con la intención de
transferirlo a la institución penal); 24.4 (Causar daño
corporal al manejar un vehículo de motor bajo los efectos de
bebidas embriagantes, drogas o sustancias controladas); 24.5
(Causar grave daño corporal al manejar un vehículo de motor
bajo los efectos de bebidas embriagantes, drogas o
sustancias controladas); 25.1 (Legítima Defensa; muerte);
25.2 (Legítima Defensa; agresión); 25.3 (Legítima Defensa;
agresión en defensa de la morada, del vehículo o del lugar
de negocios o de empleo; cuando no se causa la muerte), y
25.4 (Legítima Defensa; defensa de bienes o de derechos).
Con el fin de mantener la vigencia del Libro, se actualizaron
comentarios y se integraron comentarios explicativos de
algunas instrucciones con jurisprudencia y legislación penal
reciente, así como tratados en materia penal.
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Igualmente, se enmendaron los comentarios de múltiples
instrucciones para incorporar una referencia a la
Instrucción 4.5 (Elementos Subjetivos del Delito; A
Propósito, Con Conocimiento o Temerariamente), con el fin de
dirigir al lector a los ejemplos de los elementos subjetivos
del delito allí contenidos.2
2 Instrucciones 6.1 (Agresión Grave; hospitalización o tratamiento
prolongado), 6.2 (Agresión grave; transmisión de enfermedad), 6.3
(Agresión grave; lesión mutilante), 6.4 (Agresión Grave Atenuada;
hospitalización o tratamiento prolongado como delito imputado), 7.1
(Abandono de Menores), 7.2 (Secuestro de Menores), 7.3 (Privación Ilegal
de Custodia; modalidad grave), 7.4 (Adopción a Cambio de Dinero), 7.5
(Corrupción de Menores), 7.6 (Seducción, Persuasión, Atracción y
Coacción de Menores a través de la Internet o Medios Electrónicos), 7.7
(Abandono de Personas de Edad Avanzada e Incapacitados), 7.9 (Maltrato
a Personas de Edad Avanzada), 7.10 (Maltrato a Personas de Edad Avanzada
mediante Amenaza), 7.11 (Explotación Financiera de Personas de Edad
Avanzada), 7.12 (Fraude de Gravamen contra Personas de Edad Avanzada),
7.13 (Profanación de Cadáver o Cenizas), 8.1 (Agresión Sexual), 8.2
(Incesto), 8.3 (Actos Lascivos), 8.4 (Bestialismo), 8.5 (Proxenetismo,
Rufianismo y Comercio de Personas), 8.6 (Proxenetismo, Rufianismo y
Comercio de Personas Agravado), 8.7 (Envío, Transportación, Venta,
Distribución, Publicación, Exhibición o Posesión de Material Obsceno),
8.8 (Espectáculos Obscenos), 8.9 (Producción de Pornografía Infantil),
8.10 (Posesión y Distribución de Pornografía Infantil), 8.11
(Utilización de un Menor para Pornografía Infantil), 8.12 (Exhibición y
Venta de Material Nocivo a Menores), 8.13 (Propaganda de Material Obsceno
o de Pornografía Infantil), 8.14 (Venta, Distribución Condicionada),
8.15 (Transmisión o Retransmisión de Material Obsceno o de Pornografía
Infantil), 9.1 (Restricción de Libertad Agravada), 9.2 (Secuestro;
modalidad de sustracción), 9.3 (Secuestro; modalidad de retención y
ocultación), 9.4 (Secuestro Agravado; modalidad de sustracción), 9.5
(Secuestro Agravado; modalidad de retención y ocultación), 9.6 (Trata
Humana con Fines de Servidumbre Involuntaria o Esclavitud y Otros Tipos
de Explotación), 9.7 (Trata Humana con Fines de Explotación Sexual), 9.8
(Demora en Examen de Arrestado), 9.9 (Grabación Ilegal de Imágenes),
10.1 (Apropiación Ilegal Agravada), 10.2 (Ratería o Hurto de Mercancía
en Establecimientos Comerciales), 10.3 (Interferencia con Contadores y
Sistemas de Distribución), 10.4 (Uso o Interferencia con Equipo o Sistema
de Comunicación o Difusión de Televisión Por Paga), 10.5 (Operación
Ilegal de Cualquier Aparato de Grabación o Transferencia de Imágenes y
Sonido), 10.6 (Reproducción y Venta sin el Nombre y la Dirección Ilegal
del Fabricante), 10.7 (Robo), 10.8 (Robo Agravado), 10.9 (Extorsión),
10.10 (Recibo, Disposición y Transportación de Bienes Objeto de Delito),
10.11 (Escalamiento), 10.12 (Escalamiento Agravado), 10.13 (Usurpación),
10.14 (Entrada en Heredad Ajena), 10.15 (Daño Agravado), 10.16
(Obstrucción o Paralización de Obras), 10.17 (Fraude), 10.18 (Fraude en
la Ejecución de Obras), 10.19 (Apropiación Ilegal de Identidad), 10.20
(Falsificación de Documentos), 10.21 (Falsedad Ideológica), 10.22
(Posesión y Traspaso de Documentos Falsificados), 10.23 (Insuficiencia
de Fondos), 11.1 (Incendio), 11.2 (Incendio Agravado), 11.3 (Incendio
Forestal), 11.4 (Motín), 11.5 (Conspiración), 11.6 (Empleo de Violencia
o Intimidación contra la Autoridad Pública), 12.1 (Soborno), 12.2 (Oferta
de Soborno), 12.3 (Influencia Indebida), 12.4 (Malversación de Fondos
Públicos), 12.5 (Perjurio), 12.6 (Perjurio Agravado), 12.7 (Fuga), 12.8
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(Posesión o Introducción de Objetos a un Establecimiento Penal), 12.9
(Encubrimiento), 13.1 (Armas de Asalto Automáticas o Semiautomáticas y
Ametralladoras, Silenciador, Fabricación, Importación, Distribución,
Venta, Posesión y Transferencia), 13.2 (Condiciones para Operaciones de
Armeros; Constancias de Transacciones), 13.3 (Fabricación, Importación,
Venta y Distribución de Armas), 13.4 (Prohibición a la Venta de Armas
de Fuego a Personas sin Licencia), 13.5 (Comercio de Armas de Fuego
Automáticas), 13.6 (Portación, Transportación o Uso de Armas de Fuego
sin Licencia), 13.7 (Portación y Uso de Armas Blancas), 13.8 (Fabricación
y Distribución de Armas Blancas), 13.9 (Posesión de Armas de Fuego sin
Licencia), 13.10 (Portación, Posesión o Uso Ilegal de Armas Largas
Semiautomáticas, Automáticas o Escopeta de Cañón Cortado), 13.11
(Posesión o Venta de Artículos para Silenciar), 13.12 (Facilitación de
Armas a Terceros), 13.13 (Número de Serie o Nombre de Dueño en Arma de
Fuego; Remoción o Mutilación), 13.14 (Disparar o Apuntar Armas de Fuego),
13.15 (Armas al Alcance de Menores), 13.16 (Apropiación Ilegal de Armas
de Fuego o Municiones, Robo), 13.17 (Alteración de Vehículos para Ocultar
Armas de Fuego), 13.18 (Comercio de Armas de Fuego y Municiones sin
Licencia de Armero), 13.19 (Disparar desde un Vehículo), 13.20
(Conspiración para el Tráfico Ilegal de Armas de Fuego y/o Municiones),
13.21 (Fabricación, Distribución, Posesión y Uso de Municiones;
Importación de Municiones), 13.22 (Venta de Municiones a Personas sin
Licencia), 13.23 (Compra de Municiones de Calibre Distinto), 13.24
(Notificación con Porteador Almacenista o Depositario de Recibo de Armas;
Penalidades), 14.1 (Incumplimiento de Órdenes de Protección), 14.2
(Maltrato), 14.3 (Maltrato Agravado), 14.4 (Maltrato Agravado Mediante
Estrangulación, Sofocación o Asfixie Posicional), 14.5 (Maltrato
Mediante Amenaza), 14.6 (Maltrato Mediante Restricción de la Libertad),
14.7 (Agresión Sexual Conyugal), 15.1 (Maltrato Intencional), 15.2
(Maltrato Agravado Mediante Estrangulamiento, Sofocación o Asfixie
Posicional), 15.4 (Incumplimiento de Órdenes de Protección), 16.1
(Acecho), 16.2 (Incumplimiento de Órdenes de Protección como delito
menor incluido al delito de Acecho cuando medie una orden de protección)
17.1 (Artículo 401 de la Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico),
17.2 (Artículo 403), 17.3 (Artículo 404), 17.4 (Distribución a Personas
Menores de Dieciocho Años), 17.5 (Tentativa y Conspiración), 17.6
(Empresa Criminal Continua), 17.7 (Funcionarios(as) o Empleados(as)),
17.8 (Engaño en las Transacciones de Sustancias Controladas;
Transacciones de Sustancias Controladas Adulteradas), 17.9 (Empleo de
Menores), 17.10 (Introducción de Drogas en Escuelas o en Instituciones
Recreativas), 17.11 (Parafernalia Relacionada con Sustancias
Controladas), 18.1 (Comercio Ilegal de Vehículos y Piezas), 18.2
(Apropiación Ilegal de un Vehículo; medidas penales especiales), 18.3
(Apropiación Ilegal de una Pieza de un Vehículo), 18.4 (Mutilación,
Alteración, Destrucción o Modificación de los Números de
Identificación), 18.5 (Entrada de Información Falsa al Sistema de
Computadoras o Expedientes), 19.1 (Utilizar el Cargo para Obtener un
Beneficio no Permitido por Ley), 19.2 (Aceptar o Solicitar un Beneficio
como Pago por los Deberes y las Responsabilidades del Empleo), 19.3
(Aceptar o Solicitar un Beneficio a Cambio de que sus Actos estén
Influenciados a Favor de una Persona o de un Negocio), 19.4 (Asegurar o
Pretender Tener Influencia en el Ejercicio de las Funciones de otro(a)
Servidor(a) Público(a) a Cambio de un Beneficio), 19.5 (Revelar o Usar
Información o Documento Confidencial para Obtener un Beneficio), 19.6
(Exigir o Solicitar a otro(a) Servidor(a) Público(a) que Haga
Contribución Económica o Emplee su Tiempo en una Actividad Política),
19.7 (Solicitar o Aceptar un Beneficio para una Actividad Política),
19.8 (Usurpar un Cargo o una Encomienda, o Ejercer Obstinadamente
Funciones Después de Cumplido el Término), 19.9 (Alterar, Destruir,
Mutilar, Remover u Ocultar Propiedad Pública Bajo Custodia), 19.10
(Expedir como Verdadera una Certificación o Documento que Contenga
Declaraciones que le Conste que son Falsas), 19.11 (Aceptar o Mantener
un Empleo o unas Relaciones Contractuales con una Persona o Negocio que
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Finalmente, aprobamos varias instrucciones nuevas para
atemperar el Libro: 1.10 (Advertencia sobre Cobertura
Electrónica del Proceso Judicial)3; 3.15 (Sustitución por
Testimonio Anterior de Testigo No Disponible); 3.16
(Testimonio mediante Sistema de Circuito Cerrado), y 26.3
(Durante la deliberación – Jurado sin veredicto).
Nótese que, conforme a nuestras expresiones en la
Resolución EC-2022-01, el Libro de Instrucciones al Jurado
es de “carácter persuasivo y sus preceptos e instrucciones
tenga Relaciones con la Agencia), 19.12 (Intervención o Participación
en el Perfeccionamiento del Contrato en que se tenga un Interés
Pecuniario), 19.13 (Falsificar o Dejar de Presentar o de Divulgar la
Información Requerida en el Informe Financiero), 20.1 (Ofrecer o Entregar
Regalos a un(a) Servidor(a) Público(a) de una Agencia Ejecutiva), 20.2
(Hacer Gestiones para la Concesión Indebida de Ventajas), 20.3 (Utilizar
Información Confidencial para Fines Ajenos a la Encomienda Contratada),
20.4 (Solicitar que un(a) Funcionario(a), Servidor(a) o Empleado(a)
Público(a) Represente sus Intereses Privados o Ejerza Influencia), 20.5
(Prohibición de Represalias contra Personas que Denuncian Actos de
Corrupción), 20.6 (Proveer Información Falsa con respecto a Condenas
para Fines del Registro de Personas Convictas por Corrupción), 21.1
(Abandono de Animal), 21.2 (Negligencia Agravada contra Animales), 21.3
(Maltrato de Animales), 21.4 (Maltrato de Animales de Tercer Grado),
21.5 (Maltrato Agravado de Animales), 21.6 (Peleas de Animales), 21.7
(Envenenamiento), 21.8 (Trampas para Capturar Animales), 21.9
(Eutanasia), 22.1 (Dejar de Llevar y de Anotar en el Registro), 22.2
(Anotar Información Falsa en el Registro), 22.3 (No Colocar ni Exhibir
Anuncios), 22.4 (Apropiación Ilegal de Metales), 22.5 (Poseer Metales a
Sabiendas de que Fueron Obtenidos Mediante Apropiación Ilegal o Mediante
Cualquier Forma Ilícita), 22.6 (Comprar Material que No Esté en su Forma
Original), 22.7 (Operar un Negocio fuera del Horario Establecido), 23.1
(Restricción de Comunicaciones: posesión de un equipo de
telecomunicaciones por persona ingresada en una institución penal), 23.2
(Restricción de Comunicaciones: posesión de un equipo o aditamento por
persona ingresada en una institución penal), 23.3 (Restricción de
Comunicaciones: transferencia no autorizada de un equipo de
telecomunicación por persona ajena a la institución penal), 23.4
(Restricción de Comunicaciones: posesión de un equipo de
telecomunicación por persona ajena con la intención de transferirlo a
la institución penal), 24.1 (No detener el vehículo o no prestar ayuda
a la víctima en un accidente de tránsito), 24.2 (Causar daño corporal o
grave daño corporal durante carreras de competencia, concursos de
velocidad o de aceleración), 24.3 (Imprudencia o Negligencia), 24.4
(Causar daño corporal al manejar un vehículo de motor bajo los efectos
de bebidas embriagantes, drogas o sustancias controladas) y 24.5 (Causar
grave daño corporal al manejar un vehículo de motor bajo los efectos de
bebidas embriagantes, drogas o sustancias controladas).
3 En consecuencia, la Instrucción 1.10 (Secuestro del Jurado) se renumeró
como la Instrucción 1.11 y la Instrucción 1.11 (Ausencia de la Persona
Acusada), como la Instrucción 1.12.
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gozarán de una presunción de corrección”. Además, según
señalamos previamente, las juezas y los jueces de instancia,
en el ejercicio de su autonomía judicial, están facultadas
y facultados para modificarlas a los hechos del caso ante su
consideración, conforme a derecho. Esto, sin menoscabar
nuestra facultad de pasar juicio definitivo sobre
controversias relacionadas con las instrucciones de este
Libro.
Asimismo, y acorde con la encomienda delegada mediante
la Resolución EC-2022-01, el Comité de Instrucciones al
Jurado está en el proceso de cumplir con su plan de trabajo
de redactar instrucciones nuevas para completar los delitos
contenidos en el Código Penal vigente. Una vez finalicen las
labores de esta nueva fase, se instruye al Secretariado a
presentar oportunamente un memorando explicativo con las
instrucciones propuestas y las instrucciones actualizadas a
los cambios en nuestro derecho penal vigente, de haberlos.
Este Tribunal agradece a las y los integrantes del
Comité de Instrucciones al Jurado por la encomiable labor
desplegada en el examen del contenido del Libro para
procurar su vigencia y que sus instrucciones sean apropiadas
y precisas. En reconocimiento a su compromiso y dedicación,
sus integrantes quedan relevados —durante el tiempo que
ejerzan sus funciones— de cumplir con el Programa de
Educación Jurídica Continua (PEJC), según la Regla 4(C)(8)
del Reglamento del Programa de Educación Jurídica Continua,4
4 In re Aprobación Reglamento PEJC, 198 DPR 254 (2017), según enmendado.
EC-2026-01 13
y con el Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas
de Oficio de Puerto Rico, de conformidad con la Regla 7(b)(6)
de ese cuerpo reglamentario.5 Como de costumbre, la Directora
del Secretariado emitirá certificaciones anualmente al PEJC
y a la Secretaría del Tribunal Supremo para acreditar que
el Comité de Instrucciones al Jurado haya estado activo, así
como consignar las y los integrantes que prestaron sus
servicios ad honorem.
La actualización del Libro de Instrucciones al Jurado
que hoy aprobamos deberá divulgarse en el portal del Poder
Judicial para el beneficio de la profesión jurídica y de la
comunidad. En consecuencia, autorizamos al Secretariado para
que, con el apoyo de la Oficina de Comunicación de la Oficina
de Administración de los Tribunales, realice las gestiones
necesarias para su publicación en el portal. Esta resolución
tendrá vigencia inmediata. Se exhorta a la comunidad lectora
a revisar periódicamente el portal del Poder Judicial para
procurar la versión más reciente del Libro. El proceso de
revisión y actualización de las instrucciones por parte del
Comité de Instrucciones al Jurado y nuestra aprobación final
conlleva un análisis cuidadoso. Por esta razón, los cambios
al ordenamiento penal pudieran no reflejarse inmediatamente
en la versión publicada del Libro.
Notifíquese por correo electrónico al Director
Administrativo de los Tribunales, a la Directora Ejecutiva
5 In Re Aprob. y Enmdas. Reglamentos TS, 201 DPR 261 (2018), según
enmendado.
EC-2026-01 14
del Programa de Educación Jurídica Continua, a la Directora
de la Oficina de Comunicación, al Director Ejecutivo de la
Academia Judicial Puertorriqueña, a las y los integrantes
del Comité Asesor Permanente de Instrucciones al Jurado y a
la Directora del Secretariado de la Conferencia Judicial y
Notarial.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario del
Tribunal Supremo.
Javier O. Sepúlveda Rodríguez
Secretario del Tribunal Supremo
LIBRO DE
INSTRUCCIONES
AL JURADO
La comunidad lectora debe tener presente que el Libro de Instrucciones al Jurado
pudiera no reflejar inmediatamente los cambios al ordenamiento penal vigente.
Aunque el Comité Asesor Permanente de Instrucciones al Jurado se reúne
periódicamente, toda actualización requiere analizar las modificaciones al
ordenamiento jurídico, redactar las enmiendas correspondientes, obtener la
aprobación del Tribunal Supremo y publicar la versión actualizada en el portal
del Poder Judicial.
Secretariado de la Conferencia Judicial y Notarial
Comité Asesor Permanente de Instrucciones al Jurado
LIBRO DE INSTRUCCIONES AL JURADO
Miembros del Comité Asesor Permanente de Instrucciones al Jurado
Hon. Julio de la Rosa Rive, Presidente
Prof. Ernesto L. Chiesa Aponte
Lcda. Wanda Cruz Ayala
Lcda. Ana Paulina Cruz Velez
Lcdo. Felix Fumero Pugliessi
Prof. Oscar Miranda Miller
Lcda. Blanca T. Portela Martínez
Lcdo. Hector Quinones Vargas
Lcda. Ygrí Rivera Sanchez
Lcda. Lizette Sanchez Vazquez
Lcda. Barbara M. Sanfiorenzo Zaragoza
Lcda. Berthaida Seijo Ortiz
Lcda. Ana María Strubbe Ramírez
Lcdo. Felix Velez Alejandro
Miembros del Secretariado de la Conferencia Judicial y Notarial
Lcda. Melissa A. Pagan Osorio, Directora
Lcda. Laura L. García Sierra, Asesora Legal
Lcda. Yoleana M. Jordan Silva, Asesora Legal
TABLA DE CONTENIDO
INTRODUCCION Y SUGERENCIAS DE USO…………………………………...……………............ 1
CAPITULO 1
INSTRUCCIONES PRELIMINARES
A. GENERALES
1.1 Instruccion Introductoria y Orden del Juicio .………………………………........……. 4
1.2 Funcion del Jurado ……………………………………………………….…………….…........… 5
1.3 Comportamiento del Jurado …………………………………………….………….….......…. 6
1.4 Evidencia ………………………………………………………………………….……………......... 7
1.5 Objeciones y su Resolucion ………………………………………………………....…........... 8
1.6 Credibilidad de Testigos ………………………………………………………………..…….... 9
1.7 Elementos del Delito ……………………………………………………….…………........….. 11
1.8 Presuncion de Inocencia, Derecho a la No Autoincriminacion,
Peso de la Prueba y Duda Razonable …………………………………….…………........ 11
B. ESPECIALES
1.9 Advertencia sobre Cobertura Mediatica ………………………………….………......... 13
1.10 Advertencia sobre Cobertura Electronica del Proceso Judicial………………....13
1.11 Secuestro del Jurado ………………………………………………......……………………..… 14
1.12 Ausencia de la Persona Acusada …………………………………….………………..…… 15
CAPITULO 2
INSTRUCCIONES PARA LA ETAPA FINAL
2.1 Informes Finales ……………………………………………………………………....…….…… 16
2.2 Introduccion …….………………………………………………………………....………..….… 16
CAPITULO 3
EVIDENCIA
A. REGLAS GENERALES
3.1 Evidencia Directa y Circunstancial; Inferencias …………………………........….… 19
3.2 Admisibilidad Limitada ……………………….……………………………………….…...… 20
3.3 Credibilidad de Testigos ….…………………………………………………………….…..... 21
B. VALORACIÓN DE LA PRUEBA Y CREDIBILIDAD DE TESTIGOS
3.4 Testigo que Falta a la Verdad; Incongruencia en el Testimonio …………....… 23
3.5 Impugnacion mediante Declaraciones Anteriores del (de la) Testigo
No Admisibles en Evidencia como Prueba Sustantiva ..………………………….. 23
3.6 Impugnacion mediante Declaraciones Anteriores del (de la) Testigo
Admisibles en Evidencia como Prueba ………………………………………….........… 25
3.7 Caracter del (de la) Testigo en Cuanto a la Veracidad o Mendacidad..…...… 26
3.8 Impugnacion de Testigos mediante Evidencia de una Condena
por Delito……..…………………………………………...…………………………….……......… 26
3.9 Impugnacion de Testigos mediante Evidencia de Parcialidad ……………...… 27
3.10 Evaluacion y Suficiencia de la Prueba ………………………………..…….…………..... 28
3.11 Rehusarse a Testificar Basandose en un Privilegio Legal .………………........… 29
3.12 Testimonio del (de la) Juez(a) …………………………………………………….….…...… 30
3.13 Presencia de Intercesores(as) o de Tecnicos(as) de Asistencia a
Víctimas y Testigos Durante el Testimonio de una Alegada Víctima
de Incidentes de Violencia Domestica o de una Persona Menor
de Edad ……………………………………………………………………………………….…....… 30
3.14 Interpretes ……………………..……………………....………………...………………….....….. 32
3.15 Sustitucion por Testimonio Anterior de Testigo No Disponible ……….…..… 32
3.16 Testimonio mediante Sistema de Circuito Cerrado …………………….….….….... 34
C. CONOCIMIENTO PERSONAL
3.17 Conocimiento Personal del (de la) Testigo ……………………........……………….… 35
3.18 Evidencia Condicionada a que se Pruebe el Conocimiento Personal
del (de la) Testigo ……..………………………………………………………......……………. 36
D. EVIDENCIA DE CARÁCTER, CONDUCTA NO IMPUTADA Y HÁBITO
3.19 Evidencia del Caracter de la Persona Acusada ……………………………….........… 37
3.20 Evidencia sobre los Rasgos del Caracter de la Alegada Víctima …………....…. 39
3.21 Evidencia de Otros Delitos o Actos de la Persona Acusada ………...............… 42
3.22 Evidencia de Habito ………………………………………………………………………......… 45
3.23 Evidencia de Practica Rutinaria ……………………………………………........………… 45
E. EVIDENCIA DE SÍNDROMES QUE AFECTAN DEFENSAS O CREDIBILIDAD
3.24 Evidencia del Síndrome de Nino(a) Abusado(a) Sexualmente ………...……… 46
F. INFERENCIAS PARTICULARES
3.25 Evidencia Voluntariamente Suprimida ……………………………………….....……… 47
3.26 Actos de la Persona Acusada despues del Crimen o Delito ……………..………. 48
3.27 Evidencia de Motivo ……………………………………………………………………..……… 49
3.28 Silencio de la Persona Acusada ………………………………………………......…………. 49
G. TESTIMONIO EN CORTE Y DECLARACIONES ANTERIORES DE LA PERSONA ACUSADA
3.29 Declaraciones o Manifestaciones de la Persona Acusada Fuera
del Tribunal ……..……………………………………………………………………….......…… 50
3.30 Prueba de Circunstancias Relativas al Peso y a la Credibilidad
de Declaraciones y Manifestaciones de la Persona Acusada
Fuera del Tribunal ...……………………………………………………………………….…… 51
3.31 Declaracion o Testimonio de la Persona Acusada en el Juicio .…………..…… 52
H. TESTIMONIO Y PRUEBA PERICIAL
3.32 Testimonio Pericial ……………………………………………………………………....……… 52
3.33 Experimento Pericial en Corte Abierta ……………………………………………..…… 53
3.34 Fundamentos del Testimonio Pericial ………………………………………….......…… 53
3.35 Personas Peritas del Tribunal ……………………….…………………....………………… 56
I. EVIDENCIA DEMOSTRATIVA
3.36 Evidencia Ilustrativa………………………………………………………………….…....…… 56
J. PERTINENCIA CONDICIONADA
3.37 Pertinencia Condicionada ….....……….......……………………………………………...… 57
K. CADENA DE CUSTODIA
3.38 Cadena de Custodia ……………………………………………………………………….......… 59
L. CONOCIMIENTO JUDICIAL Y ESTIPULACIONES
3.39 Conocimiento Judicial ………………………………………………………………………..... 60
3.40 Estipulaciones ………………………………….……………………………………………....… 60
M. PRESUNCIONES
3.41 Presunciones (presuncion particular aplicable) ………….………...…………..…. 61
3.42 Presuncion de Inocencia; Derecho a la No Autoincriminacion;
Peso de la Prueba; Duda Razonable ………………………...…………………………… 64
N. IDENTIFICACIÓN DE LA PERSONA ACUSADA
3.43 Identificacion de la Persona Acusada …………………………………………..……… 65
Ñ. PRUEBA SOBRE EL CONTENIDO DE ESCRITOS, GRABACIONES O FOTOGRAFÍAS
3.44 Instruccion sobre la Regla 1008 de Evidencia ……………………………………… 69
CAPITULO 4
DE LOS ELEMENTOS DEL DELITO Y DE LA CONDUCTA DELICTIVA
A. DEL ESTABLECIMIENTO DE LA RESPONSABILIDAD PENAL Y DE LA CULPABILIDAD
(PARTE OBJETIVA)
4.1 Formas de Comision ……….……………………….…………………….….…….....….…..… 71
4.2 Accion Voluntaria; Posesion ………….………….……….…………….….……........….…. 72
4.3 Causalidad ………………………………….…………….……….…….……………...…….….…. 72
4.4 Comision por Omision ……………………..………….………..….…………….……….…… 74
B. DEL ESTABLECIMIENTO DE LA RESPONSABILIDAD PENAL Y DE LA CULPABILIDAD
(PARTE SUBJETIVA)
4.5 Elementos Subjetivos del Delito; a proposito, con conocimiento o
temerariamente ….………………………………………….………….…………….………… 76
4.6 Delito por Negligencia …………………………………….…………….……………….…… 80
4.7 Error en la persona ………………………………………….…………….….……….…....….. 81
C. DE LA PARTICIPACIÓN
4.8 Persona Responsable ……….……………………………………………………….…….....… 82
4.9 Autores(as); definicion ………….……………………………………………….………..… 82
4.10 Cooperadores(as) ………………….…………………………….………………….…...…...... 84
4.11 Coautores(as) …………….…………………….………………….……………………….....….. 86
4.12 Testimonio del (de la) Coautor(a) …….………….……………….…………..………..... 86
D. DE LA TENTATIVA
4.13 Tentativa ………………….……….….…………………………………………………...……….. 87
4.14 Desistimiento ……………………………………………………………..…..…........................ 91
E. DE LOS DELITOS Y SUS ELEMENTOS
4.15 Los Delitos y sus Elementos ……………….….……….………….…………………….....… 94
CAPITULO 5
DELITOS CONTRA LA VIDA
A. ASESINATOS
5.1 Asesinato en Primer Grado a proposito o con conocimiento
(Art. 93(a) del Codigo Penal de 2012)…….…….……………………………..….......… 95
5.2 Asesinato en Primer Grado por medio de veneno
(Art. 93(a) del Codigo Penal de 2012) ..……………………………..……….…...…….. 97
5.3 Asesinato en Primer Grado por acecho
(Art. 93(a) del Codigo Penal de 2012) …….…….……………………….………....…... 99
5.4 Asesinato en Primer Grado por tortura
(Art. 93(a) del Codigo Penal de 2012) …………………………...…………...........